Gabriel Morales/Bolinfo/Tarija
(elPeriódico-marzo 15/2019) La infracción de la normativa con respecto a la venta de bebidas alcohólicas por restaurantes es un problema vigente. Los propietarios adquieren las licencias para ofrecer comida, no obstante, su mayor fuente de ingresos proviene de la venta de bebidas alcohólicas.
El responsable de la Dirección de Ingresos de la Alcaldía, Marcelo Calle Aparicio, asegura que la normativa habilita a los restaurantes para vender bebidas alcohólicas, pero no de manera excesiva.
“Se está realizando el seguimiento a los restaurantes que venden bebidas alcohólicas en demasía. El problema es que cambian de lugar, como también de representante legal y esa es una cuestión de todos los días. No se puede restringir su derecho a trabajar; sin embargo, ya no se otorgará licencias a los locales de la zona roja», remarcó el funcionario municipal.
Calle hizo hincapié en que los propietarios de los locales inician con sus actividades comerciales sin antes haber obtenido las licencias correspondientes, cuando este proceso debería proyectarse de manera inversa.
“Cuando hacemos operativos sorpresa en estas zonas, lo que hacen es cerrar ese mismo día, los dueños se avivan y aparecen otros propietarios que dicen no tener nexo alguno con los anteriores. Vamos a empezar a cerrar todos los locales que infringen la norma, que no tengan los permisos o las condiciones correspondientes”, enfatizó.
El reglamento para los establecimientos de expendio de alimentos o bebidas alcohólicas clasifica a whiskerías, discotecas, karaokes, clubes nocturnos y otros como negocios de categoría “C”, a los que impone condiciones técnicas y de infraestructura.
Las condiciones de seguridad establecen como requisito una conexión eléctrica adecuada, extinguidores de incendios tipo químico seco, a razón de uno por cada 100 metros cuadrados (m2), salida de emergencia para establecimientos con una superficie mayor a 150 m2 y puerta de ingreso-salida para establecimientos con superficie menor a 150 m2.
Hay requisitos de urbanidad, principalmente sobre la ubicación geográfica de estos locales, que deben establecerse a 300 metros de distancia de unidades educativas, campos deportivos e iglesias.
Estas condiciones mínimas, además del horario de atención que comprende de 19.00 a 3.00 horas, son el principal motivo para que los comerciantes soliciten licencias de funcionamiento para restaurantes, en un intento de esquivar las normas. (eP).
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En primera instancia, la sanción a los infractores es una clausura temporal, multa y por último la clausura definitiva del negocio.
La Ley Nº 259: Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, otorga la facultad a la Dirección de Ingresos de la Alcaldía a prohibir la actividad por 6 meses a los locales que infringieron la normativa vigente.