REDACCIÓN CENTRAL/BOLINFO/TARIJA
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(elPeriódico-Febrero01/2019)
(Febrero 01/2019) El grupo Delta de la Policía Boliviana hizo la verificación de un caso de uso de arma de fuego y de una persona herida, en un hecho ocurrido en la madrugada del jueves en la ciudad de Yacuiba.
Los uniformados aprehendieron el principal autor, quien se encontraba con un revólver, que fue decomisado con fines investigativos para determinar la procedencia del arma.
El comandante departamental de la Policía Boliviana, coronel Fredy Gordy Soto, informó que el pasado jueves alrededor de las 00.50 en la esquina de las calles Comercio y Cochabamba, funcionarios del grupo Delta intervinieron en un caso de riña con el uso de un arma de fuego.
“Al momento que realizaban el control de patrullaje urbano pudieron intervenir en un caso de riñas y peleas”, declaró el comandante.
Los policías en la intervención, se percataron que el hombre portaba un revólver, que fue accionado al momento de las riñas, sin que la bala impacte en la víctima.
El agresor sí logró realizar un golpe con la culata del arma en la humanidad de la víctima, provocándole una herida cortante en la cabeza.
El personal policial aprehendió al sospechoso identificado como David Q.Z, de 28 años, quien es funcionario de la Subgobernación de Yacuiba.
La víctima, J.P.R, de 30, que sufrió la lesión en la cabeza, tuvo que ser evacuada por los funcionarios policiales al hospital regional Rubén Zelaya.
El aprehendido fue conducido a celdas policiales, por lo que será imputado por el delito de homicidio en grado de tentativa, y portación de un arma de fuego de manera ilegal, por lo que será cautelado por un juez.
Hablemos con la ley
En el “capítulo V de la Ley 400, cita los delitos con relación al control de armas de fuego, municiones, explosivos y otros relacionados, por lo cual señala que en el artículo 41 de tenencia, porte o portación y uso de armas no convencionales.
El que incurra en la tenencia, porte o portación y uso de armas no convencionales, será sancionado con la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto. La misma sanción se impondrá al que fabricare, ensamblare, transportare, almacenare, comercializare, manipulare o adquiera armas no convencionales, materiales relacionados o sustancias tendientes a la fabricación de las mismas. (eP).
El Apunte
Cuándo es tentativa de homicidio
Para considerar que un homicidio se cometió en grado de tentativa, se requiere inevitablemente: a) que esté plenamente acreditado que el atacante activo del delito quería privar de la vida al ofendido; b) además de que aquél llevó a cabo los actos necesarios e idóneos para privarlo de la vida.