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El pasado lunes 30 de julio venció el plazo para que los contribuyentes realicen el pago del Impuesto a las Utilidades de las Empresas, I.U.E., aquellas personas que no hayan cumplido con esta obligación tributaria ahora serán sancionados con la multa correspondiente.
“Se ha vencido el plazo para el pago del Impuesto a las Utilidades de las Empresas para aquellas empresas que cerraron su gestión hasta el 31 de marzo. El 30 de julio era el plazo final, no va a haber ningún tipo de ampliación”, informó el gerente regional del Servicio de Impuestos Nacionales en Tarija, SIN, Apolinar Choque.
Las empresas industriales o petroleras que no hayan presentado aún su declaración jurada pueden hacerlo, pero ya deberán hacer la cancelación de la multa económica establecida de 50 UFVs, monto que equivale a Bs. 115. Esta sanción económica se aplica tanto para personas naturales como para personas jurídicas.
Este trámite consiste en la presentación de la declaración jurada a través del formulario 500 v2, además de la inscripción de sus estados financieros en la oficina virtual del SIN y de la presentación de este documento en físico en cualquier plataforma de Atención al Contribuyente. (eP)