Noticias El Periódico Tarija

Cnl. DESP. Rommel César Raña Pommiér

La nueva filosofía de servicio policial en los últimos años en nuestra Institución tiene como base el trabajo de la Policía Comunitaria a través de las EPIs (ESTACIONES POLICIALES INTEGRALES); de allí la importancia de que normativa legal que rige al trabajo de coordinación con los vecinos de los diferentes barrios en lo que son las Brigadas de Seguridad Vecinal..
Que, el artículo 13 del Reglamento de Desconcentración de los Servicios Policiales aprobada mediante Resolución Administrativa del Comando general de la Policía Boliviana No 222/14 y homologada con Resolución Ministerial No 097/2015 expresa “La Estación Policial Integral (EPI), es una organismo policial desconcentrada y multidisciplinario, conformado por unidades policiales y entidades no policiales, con autonomía en las administraciones de sus recursos para la gestión operativa tecnológica económica y presupuestaria su funcionamiento se enmarca en el modelo de Policía Comunitaria”.
Que el artículo 18 del reglamento específico del sistema de organización administrativa de la Policía Boliviana expresa aprobación de los manuales de organización y funciones y de procesos deberá ser aprobado mediante resolución administrativa del Comando general.
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Constitución Política del Estado Plurinacional.
Ley Orgánica de la Policía Boliviana.
Ley 264 del Sistema de Seguridad Ciudadana “Para Una Vida Segura”
Resolución Ministerial No 097/2015
Resolución Administrativa del Comando General de la Policía Boliviana No. 217 de 29/03/99, que aprueba el “Manual de Organización y Funciones de las Brigadas de Seguridad Vecinal”.
Resolución Administrativa del Comando general de la Policía Boliviana No 222/14
Disposiciones legales en actual vigencia.